No podrán
pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros
en las que intervenga, al menos un
empresario o profesional. La limitación no será aplicable a los
pagos e ingresos realizados con entidades de crédito.
Hasta aquí de acuerdo, aunque me temo se ha pensado más en Manolo el "chispas" que en los imputados de Noos, Matas, etc etc
Pero, no se vayan que aún hay más.....
Quienes
incumplan esta limitación se enfrentarán a multas del 25% del valor
del pago hecho en efectivo. Tanto el pagador como el receptor
del pago responderán de forma solidaria de dicha infracción, por lo que la Administración
podrá dirigirse contra cualquiera de ellos. Si la denuncia procede de una de las partes que hayan intervenido en la
operación, Hacienda no aplicará sanción alguna a esta parte si voluntariamente
lo pone en conocimiento de la Agencia Tributaria.
Ya estamos
Se ha institucionalizado la figura del "Chivato" como en las películas malas de gansters... Traerá cola
¿Se puede ser más deshonesto, inmoral y cínico? posiblemente sí. Sólo cabe esperar la ley de presupuestos, que como todos los años nos amarga las navidades, y este año (si sobrevivimos al 21 de diciembre) posiblemente se nos atraganten los polvorones y las uvas serán las de la ira....
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fotograma de la película "La invasión de los ultracuerpos" muy adecuada, por cierto |
Tienes toda la razón... Saludos. universovarietes.blogspot.com
ResponderEliminarUn tal Alvaro, me ha dejado un comentario (me llega copia al mail) pero que no aparece publicado :O
ResponderEliminarGracias Alvaro
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